Sociedades
Desde el punto de vista del cliente hispanoamericano, existen varias razones para crear una empresa en Luxemburgo. Nos limitaremos a mencionar las más importantes:
– Estabilidad de Luxemburgo como país y centro financiero bancario; – Alto grado de protección y amplia gama de garantías;
– Transparencia en la gestión y en los movimientos bancarios y financieros;
– Régimen fiscal muy favorable;
– Existencia de convenios de doble imposición con la mayoría de los Estados latinoamericanos;
– Adquisición, custodia y enajenación de valores de empresas en Luxemburgo y en el mundo en general; Administración y gestión prudente de divisas, metales preciosos y títulos de deuda pública. Inmigración: Visados y permisos de trabajo. Autorización de residencia y renovación, expulsión, reagrupación familiar, nacionalidad.
Domiciliation
La prestación del servicio de domiciliación de sociedades no comerciales se caracteriza por ser una gama de servicios, entre las cuales se incluyen vectores como la creación de la sociedad, su administración, la redacción de las actas del consejo de administración y de las juntas generales y la participación de profesionales relacionados con la contabilidad.
La figura de la “domiciliation” es propio y típico de Luxemburgo que se vincula de forma íntima con el derecho de sociedades. Implica determinar el domicilio social de una entidad jurídica en una dirección específica. Se puede pensar que es una operación sencilla, sin embargo existe una gama de escollos que se deben evitar para obtener garantias necesarias para cumplir el marco jurídico del tener que domiciliar una sociedad.
Art. 1.1 de la Ley de 31/05/1999: “Cuando una sociedad establezca su domicilio social mediante un tercero para el ejercicio de una actividad comprendida en su objeto social y este tercero preste algún servicio relacionado con dicha actividad, la sociedad y este tercero, denominado agente de domiciliación, están obligados a celebrar un contrato de domiciliación por escrito”.
Por lo tanto, es la dirección en la que la sociedad recibirá toda la correspondencia oficial, pero también el lugar en el que deberá conservar cierto número de documentos legales, oficiales y originales (documentos contables, autorización(es) de establecimiento, registro de accionistas/acciones, actas del Consejo de Administración, juntas generales ordinarias/extraordinarias, etc.). El domicilio social es, por tanto, el lugar desde el que se administrará y gestionará la sociedad. Este concepto debe distinguirse de cualquier local auxiliar utilizado, por ejemplo, para las operaciones comerciales de la empresa o para almacenar materiales.
La domiciliación también responde a las necesidades de los no residentes que desean crear una sociedad en el Gran Ducado y evitar la larga búsqueda de locales. En consecuencia, el papel del agente de domiciliación adquiere una dimensión especial, creándose una asociación particular entre el agente y su cliente, cuya empresa se domicilia en sus locales. Al agente de domiciliación también se le encomiendan tareas posteriores, como la gestión administrativa, los servicios de secretaría jurídica y social, la contabilidad y determinadas tareas de apoyo en relación con los clientes, terceros u otros profesionales de la sociedad domiciliada.