Protección Internacional: Sujetos Elegibles

Protección Internacional

Existen acuerdos o tratados que regulan las relaciones de los Estados en cuanto a la Protección Internacional.
La protección internacional es materia de aplicación a ciudadanos de paises terceros y a los apátridas y que la persona en causa considere (y pruebe) que está siendo perseguida por motivos relacionados con su raza, religión, nacionalidade, opinión política o por pertenecer a determinado colectivo social.
El órgano competente excluye, de oficio, a todo ciudadano que: i) haya cometido delitos de lesa humanidad, contra la paz y delitos de guerra; ii) haya cometido un delito grave de derecho común antes de haber obtenido la condición de refugiado o asilado o iii) haya violado la Carta de las Naciones Unidas.