La Europa como proceso de integración, el bloque al cual se le denomina “Unión Europea”, es uno de los protagonistas más importantes del comercio internacional, pues ella, en la condición de miembro de la OMC, pugna por dos politicas esenciales: i) Liberalización del comercio; ii) Eliminación de las barreras que impiden una mayor fluidez, sea a nivel técnico como a nivel arancelario. Del mismo modo, en cuanto a su política comercial, la Europa comunitaria ejerce actos de defesa comercial al ejecutar procedimientos anti-dumping contra mercancias procedentes del exterior y que ostenten precios anómalos en cuanto a los principios saludables de la libre competencia.
Parte importante de la legislación de cada Estado miembro de la Unión tiene como fundamento el acervo comunitario. Esta importancia excede los límites propios del espacio comunitario europeo y abarca instrumentos de carácter internacional con países terceros. Cuesta imaginar un servicio de excelencia de parte de un despacho de abogados en el cual no hayan obtenido una sólida formación de derecho comunitario europeo. Pues el conocimiento del Derecho de la Unión es fundamental para el ejercicio sano y competitivo de la abogacía europea, visto que su dominio permite a nuestros abogados comprender y utilizar los principios estructurantes del derecho supranacional en causa y administrar eficientemente los métodos de interpretación suministrados por la normativa comunitaria y por la intervención del respectivo órgano jurisdiccional como intérprete supremo del derecho de la Unión Europea.La fructífera y rica experiencia adquirida no solamente permite que nuestros abogados puedan asesorar para suplir en lo necesario en cuanto al derecho nacional como también poder elaborar estrategias adecuadas ante los respectivos órganos de la Unión.
- PRODUCTOS FITOSANITARIOS – ETIQUETADOS
A. El Reglamento (UE) número 2026/1123 de la Comisión, de 26 de Mayo de 2026, establece los requisitos para el etiquetado de los productos fitosanitarios, en particular las frases normalizadas sobre riesgos especiales para la salud humana o animal y las precauciones de seguridad para la protección de la salud humana o animal o el medio ambiente, así como los criterios de atribución de dichas frases normalizadas y de las precauciones de seguridad;
B. La etiqueta del producto debe informar a los usuarios profesionales sobre las condiciones de uso del producto fitosanitario autorizado, en particular la posibilidad de utilizar técnicas de aplicación de precisión. Estas técnicas permiten a los usuarios aplicar los productos fitosanitarios autorizados de manera más precisa y exacta en comparación con los equipos de aplicación convencionales. Permiten reducir el producto fitosanitario aplicado por hectárea, manteniendo al mismo tiempo la tasa de aplicación autorizada en las superficies objetivo. Las técnicas de aplicación de precisión pueden contribuir a una reducción global de la exposición medioambiental a los productos fitosanitarios y fomentar un uso más eficiente, específico y sostenible;
C. Los elementos de la etiqueta a que se refieren los articulados de la norma en causa, se proporcionarán en una etiqueta física y en formato digital.
