Perú

Inversión Extranjera

Generalidades

El Estado peruano se organiza de acuerdo con el principio de separación de poderes y está conformado por tres poderes autónomos:

  • Poder Ejecutivo: está constituido por el presidente de la República, quien desarrolla las funciones de jefe de Estado. Él simboliza y representa los intereses permanentes del país. A su vez, como jefe de Gobierno, es quien dirige la política gubernamental.
  • Poder Legislativo: encargado de la elaboración de las leyes y de ejercer el control político a las acciones del Poder Ejecutivo a través de los mecanismos establecidos en la Constitución Política del Perú.
  • Poder Judicial: institución encargada de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos. Su ejercicio funcional es autónomo e independiente en lo jurisdiccional.

Asimismo, en el marco de un Estado unitario y descentralizado, el gobierno se estructura en tres niveles:

  • El nivel nacional: con competencias de alcance nacional, comprende a los tres poderes del Estado y a los Organismos Constitucionalmente Autónomos.
  • El nivel regional: cuyo ámbito de gobierno son los departamentos, a cargo de los gobiernos regionales.
  • El nivel local: cuyo ámbito de gobierno son las provincias, distritos y los centros poblados, a cargo de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados.

El inversor procedente del extranjero debe dominar los instrumentos inherentes al marco arriba descrito de forma sucinta y que de una u otra forma se encuentra relacionados con el suceso del capital que pretenda invertir en territorio peruano.

Nuestra asesoría en el mercado peruano permite al inversor:

  • Dominar los meandros burocráticos de la administración peruana;
  • Manejar de forma eficiente y fructífera los códigos culturales;
  • Administrar la previsibilidad razonable del sistema peruano;
  • Disponer de una estructura física para efectos de su abordaje preliminar al mercado peruano;
  • Rentabilizar el tiempo en su relación con la administración pública del Perú.

 

Mecanismos Fortalecedores de la Inversión

Son tres las herramientas a las cuales se les puede denominar como facilitadoras de la inversión en el Perú:

I- Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (RERAIGV)

REQUISITOS PARA EL ACOGIMIENTO

Las personas naturales o jurídicas* que deseen acogerse al Régimen, deberán sustentar ante PROINVERSIÓN, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Realizar un Proyecto en cualquier sector de la actividad económica que genere renta de tercera categoría.
El Proyecto debe tener un compromiso de inversión no menor a US$ 5 000 000.00 (Cinco Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir IGV, como monto de inversión total incluyendo la sumatoria de todos los tramos, etapas o similares, si los hubiera. (A excepción del sector agricultura, que no cuenta con un monto mínimo de inversión).
El Proyecto debe contar con una etapa pre-productiva igual o mayor a dos años, contados a partir de la fecha de inicio del cronograma de inversiones.

* En el caso de las personas jurídicas, pueden acceder al beneficio independientemente si sus capitales o inversionistas son nacionales o extranjeros.

BENEFICIOS DEL REGIMEN

Genera liquidez al inversionista aliviando su costo financiero.
Dinamiza la economía al promover el desarrollo de nuevas inversiones (creación de empleos y la proyección de ingresos fiscales).

II- CONVENIOS DE ESTABILIDAD  JURÍDICA

Los Convenios de Estabilidad Jurídica son instrumentos promotores de inversión, que se materializan a través de la suscripción de contratos firmados con el Estado Peruano, a través de los cuales se estabilizan garantías aplicables a los inversionistas o las empresas receptoras, según corresponda, por el periodo de vigencia de éstos. Dichos convenios sólo pueden ser modificados con el consentimiento de ambas partes.

  • CARACTERÍSTICAS: Son Contratos Leyes y tienen carácter civil y no administrativo. Se rigen por las normas del Código Civil.
  • ¿QUIÉNES PUEDEN CELEBRARLOS? Inversionistas Nacionales y/o Extranjeros y las Empresas Receptoras de dichas inversiones.
  • GARANTÍAS APLICABLES A LOS INVERSIONISTAS Estabilidad del Régimen del Impuesto a la Renta, del derecho a la no discriminación, de libre disponibilidad de divisas y del derecho de libre remesas de utilidades, dividendos y regalías (aplicable a capitales extranjeros).
  • GARANTÍAS APLICABLES A LAS EMPRESAS RECEPTORAS Estabilidad del Régimen del Impuesto a la Renta, de los regímenes de contratación de trabajadores y de los regímenes de promoción de exportaciones, siempre que los utilice la empresa al momento de solicitarlos.

REQUISITOS

Efectuar como mínimo aportes dinerarios canalizados a través del Sistema Financiero Nacional, por un monto no menor a US$ 10 millones, para los sectores de minería e hidrocarburos; y de US$ 5 millones, para las demás actividades económicas.

MODALIDADES Los aportes pueden realizarse al capital de una empresa establecida o por establecerse, asimismo, pueden efectuarse en inversiones de riesgo que formalicen con terceros, en inversiones en empresas titulares de contratos de concesión y finalmente, en inversiones que requieran adquirir más del 50% de acciones de propiedad de una empresa del Estado, en proceso de privatización.

VIGENCIA Es de 10 años, salvo para el caso de concesiones cuyo plazo de vigencia se sujeta al plazo de vigencia de la concesión.

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Mediante Tribunales Arbitrales, de acuerdo con la legislación peruana aplicable sobre la materia.

III- REGIMEN DE REINTEGRO TRIBUTARIO

El Régimen aplicable a los Beneficiarios consiste en el reintegro del Impuesto General a las Ventas (IGV) que haya sido trasladado o pagado en las operaciones de importación y/o adquisición local de bienes intermedios, bienes de capital, servicios y contratos de construcción, que se utilicen directamente durante la etapa preoperativa de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos, siempre que los mismos sean destinados a operaciones no gravadas con dicho impuesto y se utilicen directamente en la ejecución del Compromiso de Inversión en la Obra.

Mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente se aprobará a los Beneficiarios del Régimen de Reintegro Tributario.

REQUISITOS

Para acogerse al Régimen, los Beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos::

  1. La realización de inversiones en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, cuyo Compromiso de Inversión para la ejecución de la Obra no puede ser menor a US$ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) como monto de inversión total, incluyendo la sumatoria de todos los tramos, etapas o similares, si los hubiere. Dicho monto no incluye el IGV.
  2. La Obra requiera de una etapa preoperativa igual o mayor a dos (02) años, contado a partir de la fecha de inicio del cronograma de inversiones..
  3. Contar con la Resolución Ministerial que los califique para gozar del Régimen.
  4. Encontrarse en la etapa preoperativa de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos materia de acogimiento al Régimen.

Tratándose de Beneficiarios Privados, deben cumplir además con haber celebrado de manera previa un contrato de concesión al amparo de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y normas modificatorias.

Beneficiarios 

  • Privados: Personas jurídicas que contratos de concesión, en virtud de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM[1] y normas modificatorias, que se encuentren en la etapa preoperativa de la Obra y cuenten con la Resolución Ministerial que los califique para el goce del Régimen de Reintegro Tributario.

[1] TUO que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.

  • Estatales: Empresas del Estado de Derecho Privado del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local que realicen obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, que se encuentren en la etapa preoperativa de la Obra y cuenten con la Resolución Ministerial que los califique para el goce del Régimen de Reintegro Tributario.

Compromiso de Inversión

Monto de inversión a ser ejecutado a partir de la fecha de la solicitud de acogimiento al Régimen, en el caso de que a dicha fecha la etapa pre-operativa de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos ya se hubiere iniciado; o a partir de la fecha de inicio de la etapa pre-operativa contenida en el cronograma de inversión de la obra pública de infraestructura y de servicios públicos, en el caso de que esta se inicie con posterioridad a la fecha de solicitud.

Obra

Obra pública de infraestructura y de servicios públicos que se compromete a realizar el Beneficiario.

Modalidades

La inversión extranjera se puede dar libremente en cualquiera de las formas empresariales reconocidas por la ley, bajo las siguientes modalidades:

  • Inversión Extranjera Directa, como aporte al capital social.
  • Aportes para el desarrollo de joint-ventures contractuales.
  • Inversiones en bienes y propiedades ubicados dentro del territorio nacional.
  • Inversiones en cartera.
  • Contribuciones tecnológicas intangibles.
  • Cualquier otra modalidad de inversión que contribuya al desarrollo del país.

Inmigración

Las alternativas que se presentan ante la administración peruana, teniendo en consideración que el inmigrante ya se encuentra en territorio peruano:

A) Objetivo: Cambiar la calidad migratoria a efectos de realizar actividades lucrativas en el país.

Tipo: Temporal

Visado y calidad migratoria: Para el cambio de calidad migratoria temporal para trabajador designado, debe tener en consideración las siguientes condiciones:

  • Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales, en su país de orig
  • en y en los que hubiera tenido permanencia o residencia antes de su ingreso al territorio nacional.
  • El contrato de prestación de servicio debe estar suscrito, en caso de haberse firmado en el Perú, con la calidad migratoria habilitante o tener la autorización para suscribir documentos.
  • La entidad contratante debe estar como activo y habido ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – Sunat.

B) Objetivo: Suscribir contratos o documentos similares (ej. Contratos de trabajo o documentos para constitución de empresa).

Tipo: Temporal

Visado y calidad migratoria: Para gestionar este permiso, debes encontrarte dentro del país debidamente identificado, ya sea con tu carné temporal migratorio y pasaporte, documento de viaje vigente o tarjeta andina de migración, de corresponder.

C) Objetivo: Prórroga de residencia según calidad migratoria.

Tipo: Residente

Visado y calidad migratoria: Si eres ciudadano extranjero con calidad migratoria de trabajador y necesitas extender tu residencia para continuar realizando actividades lucrativas en el Perú.

Requisitos

  • Formulario
  • Recibo de pago por derecho de trámite.
  • Declaración jurada de carecer de antecedentes penales, policiales y judiciales en el Perú y en el extranjero.

Si eres trabajador dependiente, debes agregar:

  • Copia simple del contrato de trabajo, indicando el plazo del mismo, aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con excepción de los casos establecidos por ley. En caso esta no implique la celebración de un contrato de trabajo vigente, debe presentar la copia simple de la resolución administrativa que acredite el vínculo laboral vigente, especificando el plazo de trabajo.
  • Copia simple de las tres (3) últimas boletas de pago, emitidos durante los tres últimos meses.
  • Reporte de Rentas y Retenciones y consulta de contribuciones y retenciones de trabajadores de la SUNAT, de los tres (3) últimos meses.

Si eres trabajador independiente debe presentar:

  • Copia simple del contrato de prestación de servicios vigente, indicando el tiempo de duración del servicio.
  • Copia simple de los tres (3) últimos recibos por honorarios emitidos durante los tres (3) últimos meses, que acredite mantener su sostenibilidad en el país.

Condiciones

  • El trámite es personal y no admite intervención de apoderado.
  • Encontrarse en el país al presentarse la respectiva solicitud.
  • Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales en su país de origen y en los que hubiera tenido permanencia o residencia antes de su ingreso al territorio nacional.
  • El contratante debe estar activo y habido ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.
  • El titular de la calidad migratoria debe encontrarse en cumplimiento de los deberes establecidos en el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1350 y, de ser el caso, haber realizado el pago de la sanción de multa correspondiente.

 

Consideraciones Generales

Marco para el ciudadano extranjero que solicita su ingreso a territorio peruano:

Al abrigo de las disposiciones legales migratorias y en base a la sistematización de la administración peruana.

A) Objetivo: Ingresar al Perú sin ánimo de residencia con el fin de hacer negocios, actividades legales o similares.

Tipo: Temporal

Visa y calidad migratoria: Solicitud de visa de negocios, la misma que se obtiene en el consulado del Perú en la ciudad donde se encuentre en el extranjero.

B) Objetivo: Ingresar al Perú sin ánimo de residencia y enviado por su empleador extranjero por un plazo limitado y definido para realizar actividades laborales.

Tipo: Temporal

Visado y calidad migratoria: Si una persona extranjera va a realizar actividad económica de forma temporal, el trabajador designado (profesional altamente especializado que trabaja para una corporación internacional) deberá solicitar una visa temporal.

C) Objetivo: Ingresar al país con el fin de realizar actividades laborales en virtud de un contrato previamente aprobado por el Ministerio de Trabajo.

Tipo: Residente

Visado y calidad migratoria: Si una persona extranjera desea realizar actividades lucrativas de forma subordinada o independiente para el sector privado.

D) Objetivo: Ingresar al país para establecer, desarrollar o administrar una o más inversiones en el marco de la legislación peruana.

Tipo: Residente

Visa y calidad migratoria: Puedes solicitar un visado de residencia para inversionista, si:

  • Desea invertir en nuevas empresas,
  • La inversión se materializa por aumento de capital en empresas ya constituidas,
  • Desea contratar trabajadores extranjeros.

E) Objetivo: Calidad migratoria del extranjero a sus familiares (hijos, cónyuge, padres, dependientes).

Tipo: Residente

Visado y calidad migratoria:

  • a) Si eres una persona extranjera que mantiene un vínculo familiar comprobado con un(a) peruano(a) o persona extranjera residente en territorio peruano,
  • b) Si tiene un hijo menor con un peruano o persona extranjera residente en el Perú puedes solicitar una visa de residencia por familiar residente,
  • Si el vínculo familiar es con un peruano, el menor tendrá una permanencia de 2 años en el país. Si es familiar de un extranjero, tendrá 1 año de permanencia.